° La Junta Directiva estará integrada por los siguientes miembros
El Ministerio de Educación Nacional o su delegado permanente.
El Ministerio de Trabajo o su delegado permanente;
Un representante de las universidades oficiales.
Un representante de las universidades privadas.
Un representante de las entidades que han constituido fondos para ser administrados por el Instituto, o su respectivo suplente.
Dos representantes del Presidente de la República.
El Director del Instituto formará parte de la Junta Directiva pero con voz sin voto.
Los representantes del Presidente de la República, de las universidades, y de las entidades que tienen fondos en el ICETEX serán nombrados para periodos de dos años y podrá se r reelegidos. El primer periodo empezará a contarse a partir del 1 o de enero de 1969
El gobierno reglamentará la forma de elección de los miembros de la Junta Directiva.