Micelio

Artículo 1

Decreto 606 de 1959 · Por el cual se crea un cargo y se hace el nombramiento

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Créase el cargo de Interventor Tercero de las Obras de Rehabilitación, con una asignación mensual de $2.500.00 y $60.00 de viáticos diarios, hasta por diez días cada mes, cuando se ausente del lugar de su residencia en cumplimiento de funciones oficiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 606 de 1959