Micelio

Artículo 6

Objetivos Específicos De Las Ciudades Verdes, Biodiversas Y Resilientes

Ley 2476 de 2025 · por medio del cual se fortalece la adaptación al cambio climático y la gestión del riesgo en Colombia a través de ciudades y centros urbanos verdes, biodiversos y resilientes (Ley de Ciudades Verdes).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las ciudades verdes, biodiversas y resilientes atenderán específicamente a los siguientes objetivos:

1.

Articular los sistemas de información ambiental que permitan diagnosticar la biodiversidad existente en los municipios, los distritos y las áreas metropolitanas de Colombia con la fi de evaluar riesgos, amenazas y vulnerabilidades; monitorear y evaluar la conectividad ecológica, la provisión y acceso a los servicios ecosistémicos y los esfuerzos dirigidos hacia la conservación de la biodiversidad urbana.

2.

Proteger e integrar la biodiversidad de los municipios, los distritos y las áreas metropolitanas para la toma de decisiones, para el ordenamiento ambiental y la planeación territorial.

3.

Priorizar la biodiversidad nativa, la climáticamente adaptada y la conectividad ecológica para mejorar la salud, el bienestar humano y la conexión con la naturaleza en los espacios urbanos, contribuyen- do así a una urbanización inclusiva y sostenible y a la provisión de funciones y servicios de los ecosistemas.

4.

Fortalecer la resiliencia urbana para minimizar los impactos en los ecosistemas y las poblaciones humanas, y adaptarse al cambio cli- mático, considerando el balance entre acciones de preservación; restauración, uso sostenible y generación de conocimiento de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos, mediante la planificación, ejecución y monitoreo de tales acciones, a cargo de las autoridades ambientales y de los entes territoriales, con la participación directa de la comunidad.

5.

Mejorar los procesos de transformación y gestión ambiental urbana de las ciudades, municipios y áreas metropolitanas, a partir de la articulación de acciones que consideran la biodiversidad como una oportunidad para lograr impactos positivos en la calidad ambiental y el bienestar físico y mental de las personas.

6.

Preservar, ampliar y mejorar la calidad de los parques, jardines botánicos y áreas verdes urbanas, y el conjunto de elementos naturales propios de la estructura ecológica principal de los distritos, municipios, y áreas metropolitanas para entenderlas como espacios públicos de generación de conciencia ambiental y reducción de brechas sociales.

7.

Aumentar la cobertura de áreas verdes y espacios naturales, proteger la biodiversidad local, y promover procesos de restauración de la estructura ecológica principal, priorizando corredores ecológicos y áreas identificadas de pérdida de flora nativa, para mejorar la calidad de vida de las personas mediante la creación de entornos urbanos biodiversos y resilientes frente al cambio climático.

8.

Promover la integración de especies de flora nativas de la región, adaptadas a los contextos urbanos y con algún valor ecológico, re- emplazando las especies invasoras o con potencial invasor que re- presentan un peligro para la biodiversidad local.

9.

Promover la movilidad sostenible como estrategia de conservación de la biodiversidad. Implementar sistemas de transporte público eficientes, seguros y accesibles, así como fomentar el uso de la bicicleta, la caminata y otros modos de transporte no motorizados, con el fi de reducir la contaminación del aire, acústica y la fragmentación de los ecosistemas urbanos.

10.

Fomentar la implementación de Soluciones basadas en la Naturaleza, tales como techos y paredes verdes, que resulten técnica y eco- nómicamente viables, sistemas de drenaje sostenible y conservación de humedales urbanos, para contribuir a la adaptación al cambio climático, la regulación del ciclo hídrico y la mejora de la calidad ambiental en los entornos urbanos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2476 de 2025