El Gobierno procurará la celebración de arreglo con el agente o agentes fiscales de la República en el Exterior para que éstos tomen a su cargo o faciliten la colocación de las cédulas del Banco en los mercados extranjeros, y podrá reconocerlos por este servicio la comisión que estime equitativa.
Ley 110 de 1923 →Vigente
Artículo 24
Ley 110 de 1923 · Sobre fundación de un Banco Agrícola Hipotecario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.