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Artículo 2

º Las Personas Naturales O Jurídicas Responsables De La Prestación Del Servicio Básico De Transmisión De Datos, Deben Tomar Las Medidas Necesarias Para Preservar La Integridad Y Seguridad De Los Datos Transmitidos

Decreto 2490 de 1987 · por el cual se dictan normas sobre el servicio básico de transmisión de datos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las personas naturales o jurídicas responsables de la prestación del servicio básico de transmisión de datos, deben tomar las medidas necesarias para preservar la integridad y seguridad de los datos transmitidos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2490 de 1987