Micelio

Artículo 53

Los Establecimientos Públicos Adscritos Al Ministerio De Comunicaciones Organizarán Las Dependencias Regionales De Acuerdo Con Las Necesidades Del Servicio Y Con Miras A La Prestación Más Económica Y Eficiente Y Económica De Éste, Siguiendo Las Normas Que Sobre El Particular Adopte El Ministerio

Decreto 3267 de 1963 · Por el cual se dictan disposiciones sobre reorganización y funcionamiento del ministerio de comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los establecimientos públicos adscritos al Ministerio de Comunicaciones organizarán las dependencias regionales de acuerdo con las necesidades del servicio y con miras a la prestación más económica y eficiente y económica de éste, siguiendo las normas que sobre el particular adopte el Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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