Micelio

Artículo 14

Decreto 1228 de 2005 · Por el cual se reglamenta el artículo 16 de la Ley 909 de 2004 sobre las Comisiones de Personal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Serán elegidos como representantes de los empleados en la Comisión de Personal, los candidatos que obtengan mayoría de votos en estricto orden. Como suplentes serán elegidos los que obtengan el tercero y cuarto lugar, quienes en su orden reemplazarán a los principales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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