Micelio

Artículo 21

División De Auditoría Interna

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 21. División de Auditoría Interna. Conforme a las políticas e instrucciones del Jefe de la Oficina, son funciones de la División de Auditoría Interna, las siguientes

a)

Planear y programar la realización de las auditorías integrales;

b)

Evaluar el funcionamiento del sistema de Control Interno de la entidad y proponer recomendaciones para su optimización;

c)

Realizar auditoría interna a las dependencias de la entidad, según las normas de auditoría generalmente aceptadas, con énfasis en la auditoría operativa, financiera y de gestión;

d)

Presentar al Jefe de la Oficina los dictámenes, informes y recomendaciones resultado de la auditoría adelantada, y

e)

Las demás que le asigne el Jefe de la Oficina de Control Interno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2117 de 1992