°. El abogado será nombrado por el Ministerio de Gobierno, con imputación al presupuesto de la Intendencia del Meta; el Ministerio de Industrias designará, en comisión al ingeniero, de la Sección de Baldíos; el Ministerio de Agricultura designará, en comisión, al agrónomo; el Ministro de Guerra designará, en comisión al Oficial del Ejército. Cada una de las dependencias anteriores fijará los viáticos a que tenga derecho el miembro de la comisión designada por ella.
Artículo 3
El Abogado Será Nombrado Por El Ministerio De Gobierno, Con Imputación Al Presupuesto De La Intendencia Del Meta; El Ministerio De Industrias Designará, En Comisión Al Ingeniero, De La Sección De Baldíos; El Ministerio De Agricultura Designará, En Comisión, Al Agrónomo; El Ministro De Guerra Designará, En Comisión Al Oficial Del Ejército
Decreto 341 de 1936 · Por el cual se organiza una comisión encargada de hacer los estudios técnicos de los baldíos existentes en la Intendencia Nacional del Meta y de proteger y dirigir la colonización
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.