º Con base en el recurso de que trata él artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de $ 2.900.000.00 (dos millones novecientos mil pesos) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de Gastos. Inversión directa. Programa.06. Construcción de otras carreteras. Artículo 24. Estudios, construcción; reconstrucción y pavimentación de otras carreteras $ 2.900.000 Proyecto 121. Toez Tacueyó $ 2.900.000
Decreto 2098 de 1977 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata Él Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1977, En La Cantidad De $ 2
Decreto 2098 de 1977 · Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencias fiscal de 1977, en la cantidad de $ 2.900.000.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.