Micelio

Artículo 38

La Vigilancia Sobre Las Condiciones Higiénicas Del Pescador Será Ejercida Por Las Autoridades De Higiene, Con La Colaboración De Las De Pesca

Decreto 376 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre pesca en aguas colombianas

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La vigilancia sobre las condiciones higiénicas del pescador será ejercida por las autoridades de higiene, con la colaboración de las de pesca. CAPITULO VI Control.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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