Derechos provisionales. Si en cualquier momento a partir de la apertura de una investigación se llegare a la conclusión preliminar de que existe dumping o subvención y existe prueba suficiente del consiguiente perjuicio o amenaza del perjuicio, el Incomex, únicamente para impedir que se cause el perjuicio, o la amenaza del perjuicio durante el plazo de la investigación, podrá ordenar mediante resolución motivada sólo susceptible de revocación directa, el pago de derechos antidumping o compensatorios provisionales hasta por la cuantía provisionalmente estimada del margen de dumping o de la subvención, sobre todas las importaciones del producto investigado. Dichos pagos podrán suplirse mediante el otorgamiento de una garantía expedida por una entidad sometida a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria. La resolución se publicará conforme al artículo 46 del Código Contencioso Administrativo, debiéndose enviar inmediatamente copia de la misma a las personas indicadas en el inciso 2 del artículo 20 del presente Decreto.
Decreto 1500 de 1990 →Vigente
Artículo 22
Derechos Provisionales
Decreto 1500 de 1990 · por el cual se establecen disposiciones sobre los derechos antidumping y compensatorios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.