Micelio

Artículo 2

º

Decreto 961 de 1997 · por el cual se crea la Comisión de Racionalización del Gasto Público como organismo consultivo y se le asignan algunas funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En desarrollo de su objetivo, la Comisión presentará, antes del 30 de mayo de 1997, su informe final que incluirá los siguientes aspectos

a)

Proponer un programa de racionalización del Gasto Público de los servicios del Estado, que incluya aspectos tales como, eliminación y fusión de órganos públicos y el recorte de sus gastos burocráticos o innecesarios;

b)

Hacer el seguimiento de las reducciones del gasto público en su componente de funcionamiento, tanto de la Nación, como de las entidades territoriales;

c)

Examinar los actuales desequilibrios fiscales de la Nación, especialmente, con motivo de las transferencias de recursos ordenadas por la nueva Constitución a favor de las entidades territoriales y el lento traslado de competencias y responsabilidades de la Nación a dichas entidades;

d)

Recomendar al Gobierno la presentación de proyectos de ley tendientes a armonizar las bases de tributación de la Nación y de las entidades territoriales. Con estos propósitos, la Comisiona hará examen sobre la ejecución de los recaudos tributarios de las entidades territoriales;

e)

Hacer recomendaciones al Gobierno sobre la capacidad de endeudamiento del Estado y sobre la magnitud de recursos provenientes de la venta de activos que complementen los ingresos del Estado para la ejecución del "Plan Nacional de Desarrollo y de inversiones 1995-1998" Adicionalmente, la Comisión opinará sobre el ejercicio de las facultades extraordinarias del artículo 30 de la Ley 344 de 1996, una vez haya sido consultada por el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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