Especialistas del Segundo Grupo . Son Especialistas del Segundo Grupo quienes hayan cursado educación intermedia profesional, en institutos que exigen como preparación mínima cuatro (4) semestres, y hayan optado el grado de técnico profesional intermedio en la rama de su especialidad, con la aprobación del Ministerio de Educación, o aquellos que sin serlo acrediten experiencia e idoneidad en la especialidad mediante prueba exigida por la autoridad nominadora, de conformidad con reglamentación que expida el Gobierno. Los Especialistas del Segundo Grupo tienen las siguientes categorías, en orden descendente
Especialista Primero;
Especialista Segundo;
Especialista Tercero;
Especialista Cuarto;
Especialista Quinto;
Especialista Sexto.