Créase el Comité Jurídico Nacional, que tendrá a su cargo la socialización del conocimiento y el análisis de temáticas de impacto o de especial importancia para la entidad en materia de gerencia jurídica pública para la producción de políticas, estrategias y directrices, el cual está integrado por los siguientes funcionarios:
El Director General o su delegado.
El Director de Gestión Jurídica, quien lo presidirá.
El Subdirector de Normativa y Doctrina.
El Subdirector de Representación Externa.
El Subdirector de Asuntos Penales.
El Subdirector de Recursos Jurídicos.
El Subdirector Operativo Jurídico de la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes.
Los Jefes de las Divisiones Jurídicas de las Direcciones Seccionales o quien haga sus veces.
El Coordinador de Relatoría de la Subdirección de Normativa y Doctrina, quien ejercerá la Secretaría Técnica.
El Comité Jurídico Nacional sesionará cuando las circunstancias lo exijan y dispondrá de equipos de comunicaciones que le permitan sesionar en simultáneo con la participación de todos los jefes de la Subdirección Operativa Jurídica de la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes, las Divisiones Jurídicas de las Direcciones Seccionales o quien haga sus veces, cuando el Comité así lo estime pertinente.