Artículo único. La Delegación de Colombia a las ceremonias de la transmisión del Mando Presidencial en Panamá estará integrada por las siguientes personas: El general Mayor General Gabriel Paris con el rango de embajador extraordinario y Plenipotenciario en Misión Especial El señor don Raúl H. Barrios, Embajador Extraordinario y plenipotenciario del gobierno de Panamá, a quien se acredita con el mismo rango en Misión Especial. El Señor doctor Antonio José Prieto, Consejero de Estado a quien se acredita con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Misión Especial. El Señor Felio Andrade, Primer Secretario de la Embajada de Colombia en Panamá, a quien se acredita con el mismo rango en Misión Especial. El Señor Capitán Alberto Lozano, a quien se acredita con el rango de Primer Secretario en Misión Especial, y El Señor Rafael Escallón Villa, a quien se acredita con el rango de Primer Secretario en Misión Especial, y Señor Alberto Garavito Acosta, Segundo Secretario de la Embajada de Colombia en Panamá, a quien se acredita con el mismo rango en Misión Especial. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2261 de 1956 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2261 de 1956 · Por el cual se nombra la delegación de Colombia a las ceremonias de la transmisión del Mando Presidencial en Panamá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.