Micelio

Artículo 3

Ley 23 de 1947 · Por la cual se confieren unas autorizaciones al Organo ejecutivo para arbitrar recursos con destino a la terminación de los preparativos, la instalación, y la celebración de la IX Conferencia Internacional Americana y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de que resulten deficientes las partidas arriba anotadas, el Gobierno Nacional podrá, en la misma forma determinada en el artículo 1º, arbitrar nuevos recursos hasta por la suma de quinientos mil pesos ($ 500.000) para cumplir los objetivos señalados en esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 23 de 1947