En los casos de cancelación de los contratos por cualquier causa, los aportes hechos al Seguro d Invalidez, Vejez y Muerte, serán tenidos en cuenta para las correspondientes prestaciones,, en los términos y condiciones del Reglamento General de este Seguro.
Decreto 594 de 1976 →Vigente
Artículo 23
En Los Casos De Cancelación De Los Contratos Por Cualquier Causa, Los Aportes Hechos Al Seguro D Invalidez, Vejez Y Muerte, Serán Tenidos En Cuenta Para Las Correspondientes Prestaciones,, En Los Términos Y Condiciones Del Reglamento General De Este Seguro
Decreto 594 de 1976 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 565 de 1976 del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales "por el cual se expide el Reglamento para la extensión del Seguro Social a los Trabajadores Independientes Urbanos"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.