Decreto 590 de 1993 · por el cual se establecen las funciones generales y los requisitos mínimos para los empleos de la Rama Ejecutiva del Poder Público en el orden nacional y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
ARTICULO 24. De los Empleos del Nivel Operativo. Serán requisitos mínimos para el desempeño de los empleos del nivel operativo, los siguientes: Grados Requisito Mínimo 01 a 04 Aprobación de cinco (5) años de educación básica primaria. 05 y 06 Aprobación de cinco (5) años de educación básica primaria y dos (2) años de experiencia. 07 y 08 Aprobación de dos (2) años de educación secundaria y dos (2) años de experiencia. 09 en adelante Aprobación de cuatro (4) años de educación secundaria y tres (3) años de experiencia.
Parágrafo
En este nivel podrán compensarse los estudios exigidos, excepto los cuatro (4) primeros años de educación básica primaria.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.