Para el reconocimiento de la Personería Jurídica de una Asociación se requiere
Solicitud dirigida al Ministerio de Gobierno, suscrita por el Presidente y Secretario General de la Asociación Municipal;
Acta o actas de constitución de la Asociación, adopción de estatutos, elección y posesión de los dignatarios;
Original y dos copias de los estatutos refrendados por el Presidente y Secretario-1
Listado de los Delegados, especificando a qué junta representan con arreglo a lo preceptuado por el artículo 12;
Certificado expedido por la autoridad civil sobre el domicilio de la Asociación y la residencia de los delegados electos como dignatarios;
Certificado expedido por el Técnico Administrativo en relación con el número de juntas de Acción Comunal que existen en el respectivo municipio, debidamente reconocidas por la autoridad competente;
Fotocopia o copia de la resolución que le otorgó Personería Jurídica a las Juntas Afiliadas;
Concepto favorable del Técnico Administrativo. Los Anteriores, documentos deberán presentarse por duplicado, debidamente refrendados por el Presidente y el Secretario, según fuere del caso. CAPITULO XIV Atribución de funciones