°. El Registrador Nacional del Estado Civil, con aprobación de la Corte Electoral, queda facultado para dictar las medidas tendientes a conciliar el derecho de sufragio de las personas residentes en los leprocomios, con las disposiciones sobre salubridad.
Decreto 319 de 1957 →Vigente
Artículo 2
El Registrador Nacional Del Estado Civil, Con Aprobación De La Corte Electoral, Queda Facultado Para Dictar Las Medidas Tendientes A Conciliar El Derecho De Sufragio De Las Personas Residentes En Los Leprocomios, Con Las Disposiciones Sobre Salubridad
Decreto 319 de 1957 · Por el cual se autoriza el funcionamiento de mesas de votación ambulantes, y se da facultad en relación con el sufragio en los leprocomios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.