El contrato que con tal fin celebre el Gobierno no requerirá la ulterior aprobación del Congreso si se cumplen con las condiciones siguientes:
El camino y todas sus obras pasan a ser propiedad de la Nación por el precio que se ajuste.
Si el camino atraviesa propiedades de particulares, la venta comprende una zona de veinte metros de ancho por lo menos.
El vendedor no se reserva derechos ni privilegios de ninguna clase.
El precio será fijado por peritos competentes nombrados: uno por la Corte Suprema, otro por el Consejo de Estado y otro por la Corte de Cuentas.