º Cuando la base mensual de retención corresponda al último intervalo de la tabla, el "valor a retener" es el que resulte de aplicar el porcentaje de la retención correspondiente a dicho intervalo, a los pagos gravables constitutivos de salario efectivamente recibidos por el trabajador en el respectivo mes.
Decreto 1315 de 1983 →Vigente
Artículo 3
Cuando La Base Mensual De Retención Corresponda Al Último Intervalo De La Tabla, El "valor A Retener" Es El Que Resulte De Aplicar El Porcentaje De La Retención Correspondiente A Dicho Intervalo, A Los Pagos Gravables Constitutivos De Salario Efectivamente Recibidos Por El Trabajador En El Respectivo Mes
Decreto 1315 de 1983 · Por el cual se reglamenta la retención en la fuente por concepto de salarios y dividendos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.