º . De la estructura básica de la Federación Paraolímpica . La estructura básica de la Federación Paraolímpica y de sus correspondientes Ligas Departamentales y del Distrito Capital, cualquiera sea su forma de organización funcional, adoptará para su estructura administrativa interna, los órganos dispuestos en el artículo 21 del Decreto-ley 1228 de 1995. No obstante lo anterior, los órganos de dirección y administración de la Federación estarán conformados por el número plural de miembros que se determine estatutariamente y deberán representar equitativamente cada discapacidad.
Decreto 2080 de 1996 →Vigente
Artículo 5
Decreto 2080 de 1996 · por el cual se reglamenta la Federación Paraolímpica.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.