Micelio

Artículo 587

Del Presupuesto Vigente Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Reconócese A Favor Del General Francisco Tamayo Cortés, Embajador De Colombia En Venezuela, La Suma De Mil Ochocientos Ochenta Y Cinco Dólares 40/100 (Us$ 1

Decreto 467 de 1958 · Por el cual se reconocen unos gastos a la Embajada de Colombia en Caracas

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo único. Con imputación al Capítulo 57, artículo 587 del presupuesto vigente del Ministerio de Relaciones Exteriores, reconócese a favor del General Francisco Tamayo Cortés, Embajador de Colombia en Venezuela, la suma de mil ochocientos ochenta y cinco dólares 40/100 (US$ 1.885.40), por concepto de gastos de alojamiento, alimentación, lavado de ropa, adquisición de varios artículos para 38 asilados que recibió la Embajada en Caracas, en el mes de enero de 1958, a raíz de la situación de orden público de Venezuela. Comuníquese y publíquese.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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