La Gerencia de la Federación, mediante la aplicación de las normas pertinentes, determinará, antes del 31 de enero de 1976, al monto del Presupuesto Extraordinario de los Comités Departamentales de Cafeteros correspondiente al período comprendido entre el 1° de octubre y el 31 de diciembre de 1975.
Los recursos que por este concepto correspondan a los Comités se les abonarán en cuenta especial y deberán ser destinados por ellos, en lo posible, a inversiones en vigencias posteriores a la de 1976. La Gerencia de la Federación invertirá estos recursos en títulos valores de liquidez inmediata. Los rendimientos que estos títulos produzcan acrecerán proporcionalmente a los saldos líquidos de cada Comité Departamental,
Aprobado en Bogotá, D. E., a los veintidós (22) días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco (1975).
El Presidente, (Fdo.), Hernán Palacio Jaramillo.
El Secretario, (Fdo.), José Fernando Jaramillo H.