º. Oficina de Control Interno. La Oficina de Control Interno tendrá las siguientes funciones
Asesorar y apoyar al Ministro y al Viceministro en la definición de las políticas referidas al diseño e implantación de los sistemas de control que contribuyan a incrementar la eficiencia y eficacia en las diferentes áreas de la entidad, así como la de garantizar la calidad en la prestación de los servicios de la institución;
Diseñar y establecer, en coordinación con las diferentes dependencias de la institución, los criterios, métodos, procedimiento e indicadores de eficiencia y productividad para evaluar la gestión y proponer las medidas preventivas y/o correctivas del caso;
Coordinar, implementar y fomentar sistemas de control de gestión administrativa, financiera y de resultados institucionales;
Realizar evaluaciones periódicas sobre la ejecución del plan de acción, del cumplimiento de las actividades propias de cada dependencia y proponer las medidas preventivas y correctivas necesarias;
Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros de acuerdo con los procedimientos y control fiscal establecidos para el movimiento de fondos, valores y bienes de la entidad;
Velar por la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la entidad y vigilar como se invierten los fondos públicos e informar al Viceministro, cuando se presenten irregularidades en el manejo de los mismos;
Vigilar que la atención que preste la entidad sea de conformidad con las normas legales vigentes y velar porque a las quejas y reclamos recibidos por los ciudadanos en relación con la misión de la institución, se les preste atención oportuna y eficiente, y rendir a la administración del organismo un informe semestral sobre el particular;
Diseñar e implementar el sistema de auditoría de sistemas de la entidad, estableciendo normas, metas y objetivos y efectuar el análisis de los resultados para la toma de acciones preventivas y/o correctivas;
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades que busquen la máxima eficiencia en el cumplimiento de los trámites administrativos y en el desarrollo de las labores de cada dependencia;
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean asignadas por las normas legales.