° Acta de graduación. El acta de graduación deberá ser suscrita por el Rector, por el Secretario General o quien haga sus veces, y por el Decano o Director, o Jefe de Programa, y deberá contener
Nombre y apellidos de la persona que recibe el título;
Número del documento de identidad;
Institución que otorga el título;
Titulo otorgado, con la denominación que le corresponda de acuerdo con el artículo 3° de este Decreto;
Autorización legal en virtud de la cual la institución confiere el título;
Requisitos cumplidos por el graduando, y
Fecha y número del acta de graduación.