Micelio

Artículo 38

Decreto 1175 de 1976 · DECRETO 1175 DE 1976, 09/06/1976,

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los contratos que suscriba el Fondo, en desarrollo de los objetivos que se determinan en estos estatutos no estarán sujetos a las formalidades o requisitos que la ley exige para los de la Nación y sus cláusulas serán las usuales para los contratos entre particulares. Sin embargo, podrá pactar el derecho a declarar administrativamente la caducidad y, cuando a ello hubiere lugar, deberá incluir las prescripciones pertinentes sobre renuncia a reclamaciones diplomáticas por parte de contratistas extranjeros.

Parágrafo

No obstante lo que se determina en el artículo anterior, PROEXPO se someterá a las disposiciones del Decreto 150 de 1976 sobre contratos de empréstito y de obras públicas, y a las demás que expresamente se refieran a las empresas industriales y comerciales del Estado. CAPITULO V. Recursos del Fondo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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