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Artículo 14

El Componente Urbano De Los Planes Básicos De Ordenamiento Territorial

Decreto 879 de 1998 · por el cual se reglamentan las disposiciones referentes al ordenamiento del territorio municipal y distrital y a los planes de ordenamiento territorial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Componente Urbano de los Planes Básicos de Ordenamiento Territorial. El componente urbano de los Planes Básicos de Ordenamiento Territorial deberá identificar, señalar y delimitar en forma detallada por lo menos la localización de los siguientes aspectos

1.

Areas de conservación y protección de los recursos naturales.

2.

Conjuntos urbanos, históricos y culturales.

3.

Areas expuestas a amenazas y riesgos.

4.

Infraestructura para vías y transporte.

5.

Redes de servicios públicos.

6.

Equipamientos colectivos y espacios públicos libres para parques y zonas verdes y el señalamiento de las cesiones urbanísticas gratuitas correspondientes a dichas infraestructuras.

7.

La estrategia de mediano plazo para programas de vivienda de interés social.

8.

Planes Parciales y Unidades de Actuación Urbanística.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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