Micelio

Artículo 22

Decreto 996 de 1891 · Por el cual se crea un Establecimiento de Instrucción secundaria en el Departamento del Magdalena

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 22. El Secretario,-Tesorero hará un fondo común de las sumas que dén á favor del Instituto, así el Gobierno nacional como el del Departamento. Los fondos sobrantes, si los hubiere, se reservarán para ampliar el Establecimiento á medida que esto fuere necesario. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 996 de 1891