Micelio

Artículo 8

Decreto 2676 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2318 de 1953, y se regula el funcionamiento de los servicios o agencias lucrativas particulares de colocación o empleo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. Los servicios o agencias privadas lucrativas de colocación o empleo, cualquiera que sea la modalidad de operación o de funcionamiento, podrán cobrar por concepto de inscripción al aspirante trabajador hasta cinco pesos ($ 5.00) moneda corriente, por una sola vez, dentro del respectivo año calendario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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