La Nación cede a favor del Municipio de Cali, Departamento del Valle del Cauca los derechos de propiedad y dominio de que actualmente disfruta, sobre un globo de terreno ubicado en el perímetro urbano de dicho Municipio, entre los barrios "Alfonso López Pumarejo", "Puerto Mallarino" y otros. Terrenos ocupados antes por la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, cuyos linderos generales son: Norte, con zona verde de "Central Pro-Vivienda de Colombia", Barrio "Alfonso López Pumarejo", en extensión de 123.50 metros; Oriente, Calle del medio con "Central Pro-Vivienda", Barrio "Alfonso López Pumarejo", Calle al medio, en extensión de 117 metros; Sur, con la carrera 8º. de la ciudad de Cali, en extensión de 145 metros, y Occidente, con "Central Pro-Vivienda de Colombia", barrio "Alfonso López Pumarejo", Calle al medio en extensión de 148 metros.
Ley 11 de 1966 →Vigente
Artículo 1
Ley 11 de 1966 · Por la cual se decreta la cesión de unos terrenos de propiedad de la Nación al Municipio de Cali, Departamento del Valle del Cauca, y se dictan otras disposiciiones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.