Las personas naturales y asimiladas o jurídicas y asimiladas, obligadas a reportar información de que trata el artículo 1o de la presente resolución, de conformidad con el artículo 2.2.9.3.7 del Decreto número 1072 del 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo, por el cual se reglamenta el artículo 23 de la Ley 1257 de 2008, que sean empleadores y ocupen trabajadoras mujeres víctimas de la violencia comprobada, deberán reportar la siguiente información, conforme con los parámetros establecidos en las especificaciones técnicas del Formato 2280 Versión 1, de la siguiente manera:
Tipo de documento
Número de Identificación
Primer apellido
Segundo apellido
Primer nombre
Otros nombres
Fecha inicio de la relación laboral
Fecha terminación de la relación laboral
Tipo de medida contenida en la certificación de violencia comprobada de cada una de las mujeres contratadas.
Cargo por el que se le contrata
Salarios pagados durante el periodo
Prestaciones sociales pagadas durante el periodo
Edad de la mujer contratada
Nivel educativo
Para los tipos de medidas certificadas y el nivel educativo, se deben reportar según el concepto al que correspondan, de la siguiente manera:
Tipo de medidas certificadas
Concepto: Descripción
1: Sentencia condenatoria ejecutoriada por violencia intrafamiliar
2: Sentencia condenatoria ejecutoriada por violencia sexual
Concepto: Descripción
3: Sentencia condenatoria ejecutoriada por acoso sexual
4: Sentencia condenatoria ejecutoriada por lesiones personales
5: Sentencia ejecutoriada por mal manejo del patrimonio familiar
6: Medida de protección y/o atención, dictada por la autoridad competente
Tipo de nivel educativo
Concepto: Descripción
1: Primaria
2: Secundaria
3: Técnico
4: Tecnólogo
5: Universitario
6: Posgrado
7: Maestría
8: Doctorado
9: Otro
CAPÍTULO 2.
CÓDIGO ÚNICO INSTITUCIONAL (CUIN).