El Departamento Docente es la máxima autoridad pedagógica de la Policía Nacional y en consecuencia, dirigirá, organizará, y elaborará las directivas y métodos educacionales relacionados con la formación y perfeccionamiento profesional de los integrantes de la institución. Sus planes generales de Instrucción serán estudiados por el estado Mayor y aprobados por la Dirección General. El funcionamiento educacional de las Escuelas de Policía será dirigido por este Departamento. Departamento de Sanidad.
Decreto 1667 de 1966 →Vigente
Artículo 67
El Departamento Docente Es La Máxima Autoridad Pedagógica De La Policía Nacional Y En Consecuencia, Dirigirá, Organizará, Y Elaborará Las Directivas Y Métodos Educacionales Relacionados Con La Formación Y Perfeccionamiento Profesional De Los Integrantes De La Institución
Decreto 1667 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.