Micelio

Artículo 17

Dirección De Fortalecimiento A La Gestión Territorial

Decreto 5012 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Fortalecimiento a la Gestión Territorial . Son funciones de la Dirección de Fortalecimiento a la Gestión Territorial, las siguientes: 17.1. Fortalecer la gestión de las Secretarías de Educación, mediante el diseño y aplicación de Políticas que les permitan administrar efectivamente la prestación del servicio educativo. 17.2. Velar por el cumplimiento de las políticas nacionales en las entidades territoriales, en lo de su competencia. 17.3. Definir incentivos para las Entidades territoriales que tengan un desempeño sobresaliente en los temas de la Dirección: Administración de la prestación del servicio, el uso de los recursos financieros, el control de los eventos de riesgo, la gestión administrativa, la gestión integral del recurso humano. 17.4. Recopilar, consolidar, analizar y verificar información sobre la ejecución de los recursos del SGP, de modo que permita identificar acciones u omisiones que pongan en riesgo la adecuada utilización de los mismos por parte de las Entidades Territoriales. 17.5. Proponer la elaboración de estudios para formular propuestas de racionalización y optimización de las plantas de personal, infraestructura física y recursos financieros. 17.6. Efectuar seguimiento y apoyar a las entidades territoriales para una adecuada gestión de los recursos humanos del sector educativo, en función de las políticas nacionales de ampliación de cobertura, mejoramiento de la calidad y la eficiencia del servicio educativo y la pertinencia. 17.7. Implementar mecanismos que garanticen la actualización del Sistema Nacional de Información Educativa en los temas de su competencia en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, Finanzas y Sistemas de Información. 17.8. Orientar la supervisión de convenios y contratos para construcción de infraestructura escolar, suscritos por el Ministerio de Educación Nacional y las entidades territoriales. 17.9. Garantizar el seguimiento a la gestión de las Secretarias de Educación mediante el monitoreo de indicadores de gestión. 17.10. Establecer los mecanismos para la implementación de la política educativa para la atención de las poblaciones minoritarias, diversas y en condición de vulnerabilidad en los Entes Territoriales. 17.11. Prestar asesoría especializada a las Entidades Territoriales en la implementación de las políticas, criterios y parámetros de prestación del servicio para la atención educativa de la población minoritaria, diversa y en condiciones de vulnerabilidad. 17.12. Diseñar, formular, ejecutar, monitorear y evaluar proyectos estratégicos que estén en el marco de la misión de la Dirección. 17.13. Participar y proponer criterios en la reglamentación de las leyes del sector y proponer proyectos tendientes al fortalecimiento de la autonomía de las entidades territoriales. 17.14. Prestar asistencia técnica en lo de su competencia para fortalecer la capacidad institucional de los entes territoriales para su implementación en las instituciones educativas. 17.15. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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