Artículo primero. Declárase área forestal protectora una zona de doscientas treinta y nueve (239) hectáreas, pertenecientes al predio "Andalucía", ubicado en el Corregimiento de Bitaco, jurisdicción del Municipio de La Cumbre, Departamento del Valle del Cauca; comprendida dentro de los siguientes linderos: Se tome la vía. Dapa-Chicoral hasta el punto en el cual concurren las colindancias de Alberto Llanos y David Muñoz, Punto; que se denorninará número uno (1), siguiendo la carretera con dirección hacia Bitaco hasta encontrar el delta 47, punto donde convergen esta carretera y el camino de herradura que conduce al predio de Luis Carlos Restrepo, Se sigue por este camino hasta llegar al punto 158 de este punto se toma la trocha que sirve de lindero entre los predios de Luis Carlos Restrepo y Sandalio Cadena con los predios de Asnoraldo Ortiz y Carlos Fernando Forero. Luego se toma la cañada que sirve de lindero en parte a los predios de Sandalio Cadena y Carlos Forero, cañada abajo hasta el delta número 5, punto de unión de los predios de Héctor Yepes y Ramón Forero con la carretera. Luego se toma la carretera en dirección suroeste buscando el río Bitaco hasta el punto 9 adonde se encuentra un comino, por este camino en dirección oeste hasta encontrar un zanjón, por este zanjón hasta el río Bitaco, camino y zanjón son linderos entre los predios de Briceño Benavides y Luis AIfredo Sánchez. Se sigue el río Bitaco aguas abajo hasta encontrar la desembocadura de la cañada que sirve de lindero entre los predios de Baudilio Martínez y Corado Ortíz en el delta cero (0), Tomando Cañada aguas arriba en dirección suroeste hasta encontrar el lindero de Sebastián Ospina en la Cuchilla de Palo Alto, continuando por el filo hasta encontrar el punto 78 lindando con zona boscosa, del punto 78 en dirección noreste hasta el punto 48 lindando con zona boscosa, siguiendo el mismo rumbo hasta el punto 37a lindando con predio de Manuel Velásquez, continuando en dirección norte hasta encontrar la carretera a Dapa en el punto uno (1) o punto de partida:
El área anteriormente alinderada, forma parte de la zona de Reserva Forestal del Pacífico, establecido por la ley 2ª de 1959 y de los bosques de prohibida explotación delimitados por el Acuerdo número 18 de junio 11 de 1973, expedido por esta Corporación, prohibición que fue ratificada por medio del Acuerdo número 9 de junio 11 del año en curso, también originario de esta entidad,