La solicitud que se dirija al Ministerio de Agricultura y Comercio sobre adjudicación definitiva de un terreno en la Colonia se acompañará de un informe de la Junta Administradora sobre la conducta del peticionario, tiempo de su residencia en la Colonia, causa de su traslación a ella, extensión del terreno adjudicado provisionalmente y de los cultivos en él acometidos, número de las personas que integran la familia del colono y cooperan con éste en sus labranzas.
Esta documentación se enviará al Ministerio de Agricultura y Comercio por el conducto legal, libre gasto de porte.