Articulo 58. Los cargos de Asesores del Consejo Superior del Servicio Civil son de tiempo completo e incompatibles con el ejercicio de cualquier profesión.
Decreto 147 de 1976 →Vigente
Artículo 58
Los Cargos De Asesores Del Consejo Superior Del Servicio Civil Son De Tiempo Completo E Incompatibles Con El Ejercicio De Cualquier Profesión
Decreto 147 de 1976 · Por el cual se revisa la organización interna del Departamento Administrativo del Servicio Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.