º. Los Gobernadores se abstendrán de aprobar los presupuestos de los Municipios cuando no figure en ellos la destinación que se señala en el artículo 3º del presente Decreto.
Decreto 2473 de 1948 →Vigente
Artículo 5
Los Gobernadores Se Abstendrán De Aprobar Los Presupuestos De Los Municipios Cuando No Figure En Ellos La Destinación Que Se Señala En El Artículo 3º Del Presente Decreto
Decreto 2473 de 1948 · Por el cual se crea la Policía Rural y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.