Micelio

Artículo 14

Instancias Nacionales Del Sistema Educativo Indígena Propio (Seip)

Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Instancias Nacionales del Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) . El Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) contará con dos instancias en el nivel nacional, una instancia denominada Consejo Nacional de Educación de los Pueblos Indígenas, y otra instancia de concertación entre el Gobierno nacional y los pueblos indígenas que corresponde a la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas (Contcepi), vinculada a la Mesa Permanente de Concertación. Las dos instancias serán objeto de una reglamentación especial concertada con los pueblos indígenas. CAPÍTULO II Pueblos Indígenas Amazónicos

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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