Requisito de los usuarios industriales de servicios tecnológicos. Los usuarios industriales de servicios tecnológicos deberán acreditar ante el usuario operador que por lo menos el treinta(30 %) del número total de empleados contratados sean profesionales titulados en las áreas de ingeniería y ciencias básicas. CAPITULO XIV . Otras disposiciones.
Decreto 2131 de 1991 →Vigente
Artículo 69
Decreto 2131 de 1991 · por el cual se dictan normas sobre la estructura y funcionamiento de las Zonas Francas Industriales de Bienes y de Servicios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.