Micelio

Artículo 5

º El Tecnólogo En Terapia Ocupacional Es La Persona Con Formación Tecnológica, Graduada Con Dicho Título Y Habilitado Para Ejecutar Las Siguientes Actividades Prácticas: A) Recolectar, Consolidar Y Reportar Información Para Los Procesos Administrativos, Asistenciales O Investigativos De Las Unidades De Atención Ocupacional Y De Los Talleres De Férulas, Equipos Y Aditamentos; B) Colaborar Con El Terapeuta Ocupacional En La Selección De Técnicas Y Medios De Evaluación E Intervención; C) Aplicar Las Técnicas E Instrumentos Indicados En El Plan Ocupacional Estructurando El Espacio Físico Y Ambiental; D) Efectuar Las Pruebas Prevocacionales Indicadas En El Plan; E) Producir El Equipo, Las Adaptaciones Y Las Férulas Que Establezca El Terapeuta Ocupacional; F) Impartir Instrucción Y Demostración Práctica Para El Desarrollo De Destrezas Y Técnicas Específicas; G) Registrar Y Reportar Observaciones Acerca Del Desempeño Ocupacional De Las Personas Atendidas; H) Precisar Necesidades De Materiales, Herramientas, Equipos Y Velar Por Mantenimiento; I) Organizar, Preparar Y Controlar Materiales, Herramientas Y Productos; J) Colaborar Con El Diseño Y Divulgación De Mensajes Educativos; K) Las Demás Que Le Indique El Terapeuta Ocupacional

Decreto 1884 de 1988 · Por el cual se reglamenta la Ley 31 de 1982

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Tecnólogo en Terapia Ocupacional es la persona con formación tecnológica, graduada con dicho título y habilitado para ejecutar las siguientes actividades prácticas

a)

Recolectar, consolidar y reportar información para los procesos administrativos, asistenciales o investigativos de las Unidades de Atención Ocupacional y de los talleres de férulas, equipos y aditamentos;

b)

Colaborar con el Terapeuta Ocupacional en la selección de técnicas y medios de evaluación e intervención;

c)

Aplicar las técnicas e instrumentos indicados en el plan ocupacional estructurando el espacio físico y ambiental;

d)

Efectuar las pruebas prevocacionales indicadas en el plan;

e)

Producir el equipo, las adaptaciones y las férulas que establezca el Terapeuta Ocupacional;

f)

Impartir instrucción y demostración práctica para el desarrollo de destrezas y técnicas específicas;

g)

Registrar y reportar observaciones acerca del desempeño ocupacional de las personas atendidas;

h)

Precisar necesidades de materiales, herramientas, equipos y velar por mantenimiento;

i)

Organizar, preparar y controlar materiales, herramientas y productos;

j)

Colaborar con el diseño y divulgación de mensajes educativos;

k)

Las demás que le indique el Terapeuta Ocupacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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