Micelio

Artículo 30

º

Decreto 1000 de 1992 · por el cual se aprueba el "Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas", para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Señálase para los procedimientos de Banco de Sangre (30), las siguientes tarifas

1.

PROCESAMIENTO DE SANGRE Y DERIVADOS 30101 Unidad de crioprecipitados 2.625 30102 Unidad de plaquetas 2.625 30103 Unidad de plasma o plasma fresco 2.830 30104 Unidad de glóbulos rojos 14.535 30105 Unidad de sangre pobre en leucocitos 18.540 30106 Unidad de sangre total 18.520 30107 Plasmaféresis 105.410 30108 Autotransfusión 2.625 30109 Criofibrinógeno 2.150 30110 Leucoféresis, plaquetoféresis o eritroféresis 63.955 30111 Unidad de glóbulos rojos lavados 13.000 30112 Unidad de leucocitos 2.625

2.

APLICACION DE SANGRE Y DERIVADOS 30201 Aplicación de crioprecipitados, plaquetas o plasma 1.860 30202 Aplicación de glóbulos rojos o sangre 4.085 30203 Exanguíneo transfusión o plasmaféresis (honorarios) 13.575 30204 Exanguíneo transfusión o plasmaféresis (derechos de sala) 6.780 30205 Flebotomía 1.835

Parágrafo 1

º . Las Entidades asistenciales con las cuales el Instituto celebre contratos de prestación de servicios de salud, no podrán exigir donaciones de sangre a los familiares o beneficiarios del Instituto.

Parágrafo 2

º . En el valor del procesamiento de la unidad de sangre total y de cualquiera de sus derivados, está incluido el costo de las pruebas de Hepatitis-B, V.D.R.L. y V.I.H. y las adicionales que se le practiquen.

Parágrafo 3

º . Las bolsas y equipos para administración de sangre o sus derivados, así como los elementos que se requieran en la práctica de las féresis, los pagará el Instituto hasta por el precio comercial de catálogo para venta al público fijado por la autoridad competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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