Adopción de inventarios y avalúo de bienes. Los inventarios y avalúos que elabore el liquidador conforme a las disposiciones de los artículos 18, 19 y 27 del Decreto-ley 254 de 2000, modificado por la Ley 1105 de 2006 y las demás normas que los modifiquen, sustituyan o reglamenten, deberán ser refrendados por el revisor fiscal de la entidad. Copia de los inventarios, deberá ser remitida a la Contraloría General de la República para el control posterior.
Decreto 2519 de 2015 →Vigente
Artículo 16
Adopción De Inventarios Y Avalúo De Bienes
Decreto 2519 de 2015 · por el cual se suprime la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom), EICE, se ordena su liquidación y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.