Micelio

Artículo 21

Decreto 1407 de 1991 · por el cual se reglamenta el reconocimiento, suspensión y cancelación de personería jurídica a las funciones y corporaciones de carácter nacional, regional y local que desarrollen actividades relacionadas con las comunidades indígenas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Control fiscal y registro contable. Las entidades que obtengan reconocimiento de su personería jurídica estarán obligadas a llevar registros contables y de tesorería para garantizar el adecuado manejo de los bienes y fondos. Así mismo, estarán sometidas al control fiscal por parte del organismo estatal respectivo, cuando reciban dineros o auxilios del erario público y deberán cumplir con las normas tributarias vigentes para las fundaciones y corporaciones sin ánimo de lucro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1407 de 1991