Creáse en la ciudad de Honda, Departamento del Tolima, un colegio de segunda enseñanza que se denominará "Colegio Nacional Femenino de Bachillerato", y cuyo funcionamiento se iniciará a principios del año de 1959.
Ley 41 de 1959 →Modificado
Artículo 1
Ley 41 de 1959 · Por la cual se crea un colegio femenino de segunda enseñanza en la ciudad de Honda, Departamento del Tolima, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.