Micelio

Artículo 2.2.1.6.3

Funciones Del Comité De Vigilancia

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Comité de Vigilancia. Este Comité tendrá las siguientes funciones:

1.

Ser veedor de la ejecución del proyecto.

2.

Presentar oportuna y justificadamente al Comité de Validación, solicitudes de modificación de las obras.

3.

Dar a conocer al Comité de Validación, de manera oportuna, cualquier anomalía o reclamo en la ejecución del proyecto o cualquier otra situación que ponga en riesgo los recursos o el cumplimiento de la finalidad del subsidio.

4.

Las demás que se determinen en el Reglamento Operativo del Programa.

(Decreto número 1160 de 2010, artículo 59, modificado por el Decreto número 900 de 2012, artículo 24)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015