Son prohibiciones a los profesionales, respecto de sus colegas y demás profesionales de la archivística:
Utilizar sin autorización de sus legítimos autores y para su aplicación en trabajos profesionales propios los escritos, publicaciones, la documentación perteneciente a aquellos, salvo que la tarea profesional lo requiera, caso en el cual se debe solicitar previa autorización de tal utilización;
Difamar, denigrar o criticar injustamente a sus colegas, o contribuir en forma directa o indirecta a perjudicar su reputación o la de sus proyectos o negocios con motivo de su actuación profesional;
Usar métodos de competencia desleal con los colegas;
Designar o influir para que sean designados en cargos técnicos que deban ser desempeñados por los profesionales de que trata el presente Código, a personas carentes de los títulos y calidades que se exigen legalmente;
Proponer servicios con reducción de precios, luego de haber conocido las propuestas de otros profesionales.
DE LOS TRIBUNALES ÉTICOS DE ARCHIVÍSTICA