Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1820 de 1996 · por el cual se hacen unas modificaciones a la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Director del Programa Presidencial para el desarrollo de la Infraestructura Nacional tendrá, además de las funciones señaladas en el artículo 3º del Decreto 218 de 1995, las siguientes

1.

Apoyar a las entidades del sector de infraestructura física cuando estas requieran concertar entre sí definiciones en los proyectos prioritarios, enfatizando aquellos en donde se busque la participación del sector privado.

2.

Suministrar soporte a las entidades encargadas de la promoción de proyectos de infraestructura con participación del sector privado.

3.

Gestionar ante las entidades del Estado la definición de las actividades relacionadas con los proyectos prioritarios para el país.

4.

Hacer seguimiento y control a la realización de las actividades necesarias para el cumplimiento de los cronogramas de los proyectos por parte de los ministerios y entidades involucradas.

5.

Colaborar con las entidades ejecutoras de proyectos de infraestructura cuando estas requieran apoyo en la definición técnica de programas y proyectos

6.

Recomendar acciones para la mejor ejecución de los programas y proyectos de infraestructura incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo.

7.

Colaborar con las entidades sectoriales en la ejecución de las estrategias que estas diseñen para resolver problemas puntuales en los programas y proyectos bajo su responsabilidad.

8.

Informar al señor Presidente de la República sobre el estado de las rutas criticas para el cumplimiento de los cronogramas de los proyectos prioritarios de infraestructura.

9.

Asesorar al señor Presidente de la República en la discusión, aprobación y desarrollo de los proyectos relacionados con la infraestructura del país.

10.

Presentar al señor Presidente de la República informes mensuales sobre las ejecutorias de las entidades, en lo que tiene que ver con los proyectos prioritarios de infraestructura.

11.

Participar en foros y reuniones, de acuerdo con las instrucciones del señor Presidente de la República, donde las entidades competentes presenten los proyectos de infraestructura.

12.

Participar en el Comité Interinstitucional de Participación Privada creado por el Conpes en su sesión del 26 de abril de 1995.

13.

Las demás que le asigne el señor Presidente de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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